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Segunda oportunidad y crédito público ¿Game Over?

Segunda oportunidad y crédito público: ¿Game Over?

La Ley de Segunda Oportunidad brinda una gran oportunidad a los deudores o autónomos que se encuentran en situación de insolvencia y no pueden hacerse cargo de sus responsabilidades financieras, para acogerse a dicha ley la persona debe cumplir con una serie de requisitos dentro de los que están:

  • Contar con más de un acreedor.
  • No tener antecedentes de delitos económicos.
  • Haber actuado de buena fe.

En lo que va de 2024, más de 25.400 personas se han acogido a la Ley de Segunda Oportunidad en nuestro país, según datos del Observatorio de la Insolvencia Personal presentados en Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB).

Pero, es normal que en medio del proceso de acogerse a la Ley surjan preguntas dentro de las que están si se puede proteger la vivienda habitual, si se puede conservar el coche, y qué pasa cuando se tienen deudas con Hacienda, por esto aquí te contamos lo que pasa cuando una persona con deudas públicas se acoge a esta ley.

¿Qué sucede con el crédito público en la Ley de Segunda Oportunidad?

El crédito público en España es el crédito contraído con entidades públicas específicamente con Agencia Tributaria o Hacienda y con la Seguridad Social, lo que sucede con créditos de esta naturaleza es que no son exonerables bajo la legislación de la Ley de Segunda Oportunidad en su totalidad.

Es posible que en casos especiales se haga una exoneración de un máximo de 10.000 euros con la Agencia Estatal de Administración Tributaria conocida también como AEAT por sus siglas. Lo que sí puede hacerse con las deudas públicas es buscar una reestructuración o la realización del proceso concursal, pero no se eliminarán por completo nunca estando bajo la aplicación de los procedimientos legales que correspondan.

¿Es posible eliminar deudas con Hacienda y Seguridad Social en la Ley de Segunda Oportunidad?

Sí, de hecho es posible eliminar las deudas con Hacienda y Seguridad Social en la Ley de Segunda Oportunidad siempre y cuando estas no superen el límite de 10.000 euros, en la legislación se determinó que los primeros 5.000 euros podrán ser exonerados en su totalidad, pero el valor que exceda los 5.000 euros tendrán una exoneración del 50%.

Pero, vale aclarar que la determinación quedará bajo la consideración de los jueces que analizarán cada caso con especial detalle para determinar qué porcentaje de la deuda que cumpla con los límites podrá exonerarse.

¿Por qué el crédito público es un obstáculo en la Ley de Segunda Oportunidad?

El crédito público es un obstáculo en la Ley de Segunda Oportunidad porque en la Ley Concursal en la Subsección 2.ª  donde se habla acerca de la extensión de la exoneración de deudas en el artículo 489 se menciona en el apartado 5 que:

“Las deudas por créditos de Derecho público. No obstante, las deudas para cuya gestión recaudatoria resulte competente la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrán exonerarse hasta el importe máximo de diez mil euros por deudor; para los primeros cinco mil euros de deuda la exoneración será íntegra, y a partir de esta cifra la exoneración alcanzará el cincuenta por ciento de la deuda hasta el máximo indicado. Asimismo, las deudas por créditos en seguridad social podrán exonerarse por el mismo importe y en las mismas condiciones. El importe exonerado, hasta el citado límite, se aplicará en orden inverso al de prelación legalmente establecido en esta ley y, dentro de cada clase, en función de su antigüedad”.

Por lo cual se prohíbe que las deudas públicas sean exentas sin importar que el deudor se acoja a la Ley de Segunda Oportunidad, justo por esto son un obstáculo en su aplicación.

¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad si tengo deudas con el crédito público?

Sí, es posible acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad a pesar de tener deudas con el crédito público pues aunque estas no puedan ser exoneradas en su totalidad si se puede exonerar en algunos casos un porcentaje de las mismas siempre y cuando no se superen los 10.000 euros.

¿Qué reformas afectan al crédito público en la Ley de Segunda Oportunidad?

En 2024 la Ley de Segunda Oportunidad tuvo algunas reformas, en la que se modificaron un par de condiciones para exonerar las deudas públicas, entre las que están: el aumento del límite de deuda para la exoneración que es de 10.000 euros, la posibilidad de establecer planes de pago, y la restricción de las deudas públicas contraídas después que no se incluirían en el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad.

Siendo así, no es posible exonerar el total de las deudas públicas acogiéndose a la Ley de Segunda Oportunidad, pero lo que sí se puede hacer es eliminar un porcentaje de la misma siempre y cuando esta no sea superior a los 10.000 euros. Si tienes deudas públicas y estás pensando en acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, pero todavía persisten las dudas, puedes escribirnos: contamos con un servicio detallado y personalizado así como con profesionales en derecho que pueden acompañarte en este proceso.